Nota del CGPJ: Criterios generales para la reanudación de la actividad judicial. Recomendaciones mes de agosto.




Adjunto con el presente se remite Nota del CGPJ, con los criterios generales para la elaboración de los planes de reanudación de la actividad judicial por las Salas de Gobierno de los órganos jurisdiccionales. En el acuerdo se adoptan muchas de las peticiones efectuadas por la Abogacía, destacando las siguientes:

Recomendaciones en relación con la habilitación del mes de agosto:

  • Limitar en lo posible las vistas orales, sin perjuicio de aquellas que deban celebrarse en atención a su urgencia.
  • Comunicar a las partes los señalamientos para dicho periodo con la suficiente antelación, preferiblemente antes del 15 de junio.
  • Reducir al mínimo esencial la práctica de notificaciones cuyo plazo precluya entre el 11 y 31 de agosto.
  • Criterios para el disfrute de las vacaciones en el año 2020 donde se recomienda la concentración en el mes de agosto del periodo de disfrute de vacaciones de jueces y magistrados, para así poder intensificar en los meses de julio y septiembre la celebración de juicios y comparecencias.

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