A raĂz de la publicaciĂłn del RD 463/20, de 14 de marzo, por el que se decretĂł el estado de alarma, hemos tenido que adaptarnos a unas nuevas y excepcionales circunstancias, que impiden la prestaciĂłn de los servicios de la manera habitual. AsĂ, las asistencias al detenido o cualesquiera de las prestadas en las guardias relativas a los diferentes turnos de oficio, han venido prestándose de manera telemática a travĂ©s de videoconferencia, a fin de preservar la seguridad de los intervinientes. Desde el Juzgado, se nos da traslado de la guĂa que te adjuntamos, sobre la aplicaciĂłn de un nuevo sistema de videoconferencia implantado y que sustituye al que se venĂa utilizando. La guĂa es sencilla y te señalamos las cuestiones de interĂ©s que puedes encontrar en la misma. Una vez el Juzgado te cite para una videoconferencia . Conecta a la hora señalada, desde el navegador de tu telĂ©fono mĂłvil u ordenador, a la siguiente direcciĂłn (No puede ser con Internet Explorer, puedes util