A raíz de la publicación del RD 463/20, de 14 de marzo, por el que se decretó el estado de alarma, hemos tenido que adaptarnos a unas nuevas y excepcionales circunstancias, que impiden la prestación de los servicios de la manera habitual. Así, las asistencias al detenido o cualesquiera de las prestadas en las guardias relativas a los diferentes turnos de oficio, han venido prestándose de manera telemática a través de videoconferencia, a fin de preservar la seguridad de los intervinientes. Desde el Juzgado, se nos da traslado de la guía que te adjuntamos, sobre la aplicación de un nuevo sistema de videoconferencia implantado y que sustituye al que se venía utilizando. La guía es sencilla y te señalamos las cuestiones de interés que puedes encontrar en la misma. Una vez el Juzgado te cite para una videoconferencia . Conecta a la hora señalada, desde el navegador de tu teléfono móvil u ordenador, a la siguiente dirección (No puede ser con Internet Explorer, puedes ...